El cerebro necesita protección, ya que las neurotecnologías amenazan la privacidad de la mente. En los últimos años, el rápido desarrollo tecnológico se abre a nuevas posibilidades en cuanto a la comprensión y modificación de la actividad cerebral. Y es que existen dispositivos capaces de registrar las señales neuronales, estimular ciertas áreas del cerebro e, incluso, interpretar patrones mentales. Y hoy son de uso común en campos como la medicina o la investigación científica.
Hay que admitir que sus logros son destacados en cuanto a la mejora de patologías vinculadas al sistema nervioso central. No obstante, su empleo plantea problemas éticos de alcance, que ponen de relieve la necesidad de un marco jurídico para regular posibles abusos. El objetivo no es otro que garantizar que el progreso de la ciencia no vulnere la autonomía y la dignidad de las personas. Se trata de establecer un marco de seguridad que Rafael Yuste defiende con firmeza: los neuroderechos. Y el resultado de esa labor ha dado sus frutos. No son un freno al progreso, sino la unión de este con normas que preservan los valores en los que se fundamenta la vida humana.
El cerebro necesita protección: 5 ámbitos de garantía
- Privacidad mental. Los datos obtenidos de la lectura de la actividad cerebral (neurodatos) no se utilizarán sin el consentimiento explícito de la persona. Es el modo de proteger los contenidos mentales.
- Identidad personal. La neurotecnología no alterará el sentido del «yo» o la identidad de cada individuo.
- Libre albedrío: Se preservará en toda circunstancia la capacidad de la persona para tomar decisiones libremente, sin manipulación alguna originada por las neurotecnologías.
- Acceso equitativo a la neurotecnología. Las tecnologías de mejora cognitiva serán accesibles de manera justa, evitando desigualdades sociales.
- Protección contra sesgos. Los datos obtenidos a través de la neurotecnología no podrán usarse en ningún caso para discriminar o crear prejuicios basados en la actividad cerebral.
